La Dirección General de Tráfico (DGT) pone el foco en los mayores de 65 años y la renovación del carné de conducir. Es decir, en más de 4 millones de mayores de esa edad que mantienen el permiso de conducir, lo que supone más del 15% del censo de conductores.
Hasta ahora, y a partir de los 65 años, las renovaciones del carné de conducir son de 5 años, y pasa a ser de dos años cuando se superan los 70. Eso sí, siempre queda a criterio de los psicotécnicos el poder reducir todavía más esa periodicidad, que puede llegar a ser anual. Y en el caso de los conductores profesionales, la renovación del permiso de conducir es cada 5 años en todos los casos y cada tres a partir de los 65 años de edad.
Pero esto podría cambiar. De hecho, el organismo ha anunciado que tiene previsto reducir el periodo de validez de la vigencia de los permisos de conducir de las personas mayores de 65 años. En concreto, la subdirectora de Educación y Formación Vial de la DGT, María José Aparicio, ha advertido que «el 30% de los fallecidos en accidentes de tráfico en la Unión Europea son mayores de 65 años. Un dato que se repite en todos los países y que alcanza el 50% cuando hablamos de fallecidos peatones o ciclistas. En España en 2019, el 28% de los fallecidos en accidente de tráfico eran mayores de 65 años. Estas cifras se van a agravar, si no hacemos nada, por el envejecimiento de la población».
Por este motivo, y en referencia a la pérdida de aptitudes psicofísicas y con la revisión de la vigencia de los permisos, ha aclarado que pretenden revisar no solo los periodos de vigencia de los permisos de los mayores, sino todos los periodos de vigencia. «Sabemos que en el caso de las personas de una determinada edad tendremos que reducirlos. Hay proteger a las personas mayores, pero siempre fomentando su movilidad, seguridad y libertad», ha añadido.
Ante este tema, también el director general de Tráfico, Pere Navarro, se ha pronunciado y ha explicado «que se revisarán los plazos y las pruebas psicofísica en la renovación del carné de conducir de las personas de edad avanzada».
Cabe resaltar que, la actual Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su artículo 13, también se reafirma y nos dice que: «el conductor debe estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo» pero no se dice nada sobre la edad máxima para poder conducir. Existen limitaciones de edad mínima para ciertos tipos de permisos de conducción así como la edad a la que deben renovarse las autorizaciones para seguir conduciendo.
Noticia: abc.es/motor